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6/8/16

cómputo de servicios docentes para el IPS

¿Qué servicios se computan?

Se computarán los servicios remunerados en relación de dependencia y contratados que el afiliado hubiere prestado hasta el día del cese en el servicio, continuos o discontinuos, en actividades comprendidas en este régimen o en cualquier otro del sistema de reciprocidad jubilatoria siempre que estén debidamente reconocidos.