Cálculo del Haber

Cálculo del Haber Jubilatorio


Cómo se calcula la jubilación docente



Para el cálculo del haber se suman todos los rubros excepto bonificación no remunerativa, salario familiar y SAC.
 Sobre el haber jubilatorio se realizará solo el descuento de IOMA, y de corresponder el del gremio.

Cargo de mayor jerarquía – profesores

El período a considerar requiere un mínimo desempeño en el cargo de 36 meses consecutivos o 60 alternados.

Al considerar los 60 meses alternados con horas cátedra, (suplentes o provisionales) tener en cuenta que si se elige un lapso donde se posee distintas cargas horarias, siempre se va a considerar de dicho lapso el de menor cantidad de horas cátedra.

Si además hubiera en la misma rama horas titulares, estas deben sumarse entre sí.

Ejemplo:

Horas suplentes y provisionales

1/1/1980 al 30/12/1990         20horas
1/1/1991 al 30/12/1999         10 horas
1/1/2000 al 30/12/2004         16 horas
1/1/2005 al 30/12/2010         17 horas
Para determinar el cargo de mayor jerarquía se considerará el de 10 horas (no existe promedio de horas).

Horas titulares

1/1/1990 al 30/12/1995         20 horas
1/1/1996 al 30/12/2000         15 horas
1/1/2000 al 30/12/2005         18 horas
1/1/2006 al 30/12/2010         19 horas
Para determinar el cargo de mayor jerarquía se considerará el de 15 horas.

total de horas a considerar para el mejor cargo = prov-supl 10 horas +  tit 15 horas = 25 horas


Bonificación por antigüedad

El estatuto del escalafón docente establece la misma antigüedad en todos los cargos. Tomando sus inicios en el más antiguo, es decir, si tuviera 2 cargos: en uno de ellos tuviera 24 años de antigüedad y en el otro 5 años, se abonan los 2 cargos con 24 años de bonificación por antigüedad.

24 años = 125 %

Cargos simultáneos

Cuando el docente tiene 2 o más cargos simultáneos, en uno de ellos deberá reunir todos los requisitos jubilatorios para poder acceder a la simultaneidad del otro.
 Como mínimo debe contar con 36 meses consecutivos en forma simultanea y sin corte, tanto del 1º como del 2º cargo. El cargo simultáneo nunca podrá ser mayor al 70% del haber, ni menor al 8%.

Por lo tanto:

25 años de servicio frente al grado = 70%
1 año de servicio frente al grado = 2,8%
De acuerdo a esta proporción se abonará 2,8% por cada año simultáneo hasta un máximo del 70 % y un mínimo de 8%.

Ejemplo:

1º cargo         31 años de serv.       Directora       80%
2º cargo         10 años de serv.       MG               28%
10 X 2,8 = 28%

Es decir que percibirá el 80% de directora más el 28% de MG

EXCEPCIONES

Puede ocurrir que si bien existen cargos simultáneos, no se abone porcentaje alguno por cuanto arroja menor  haber que de abonarse un cargo solo.

Ejemplo:

1º cargo         30 años de serv.       Preceptora                80%
2º cargo         10 años de serv.       Directora                   28%

Liquidación 1:
80% de preceptora ($1000)            $800
+ 28% de directora ($2000)            $560
            Total haber                                     $1360

Liquidación 2:
80% de directora ($2000)    $1600
La 2º liquidación arroja mucho más que el de los cargos simultáneos.

Para el cálculo del haber por servicios simultáneos podrán computarse los prestados en forma discontinua, sean anteriores o posteriores al desempeño del cargo tenido en cuenta para la determinación del haber, únicamente por el tiempo en que se registre la simultaneidad de servicios.

Ejemplos de cargos simultáneos